El Tribunal Supremo (TS) ha establecido que las casas móviles, conocidas como mobile-homes, requieren de una licencia urbanística para su instalación. Este dictamen responde al recurso presentado por Agrocamping SL, cuya solicitud para legalizar la instalación de mobile-homes fue previamente denegada por el Ayuntamiento de Tarragona.
Un Debate sobre Clasificación y Uso del Suelo
La empresa Agrocamping SL defendía que las mobile-homes deberían considerarse remolques o autocaravanas, para las cuales no se exige licencia urbanística. Sin embargo, el Supremo determinó que este tipo de viviendas, aunque remolcables en situaciones puntuales, están diseñadas principalmente para su uso como casas permanentes, no como vehículos. En consecuencia, las asimila a las casas prefabricadas, que sí requieren licencia urbanística por su impacto en el uso del suelo.
En su sentencia, el Supremo subrayó que la necesidad de esta licencia responde a razones de interés general, como la protección del medio ambiente y del entorno urbano.
El Caso Particular del Camping en Tarragona
El tribunal coincidió con el Ayuntamiento de Tarragona en que la licencia previa del camping no incluía el control urbanístico del suelo, sino que se limitaba a asegurar que la actividad no generara molestias o daños al entorno. Por ello, el intento de la empresa de justificar la instalación de mobile-homes bajo la licencia de camping fue desestimado.
Implicaciones Urbanísticas
El Supremo recordó que cualquier transformación en terrenos no urbanizables, debe cumplir con los requisitos del Real Decreto Legislativo 7/2015, que regula el uso del suelo y la rehabilitación urbana. Esta normativa exige que se obtenga una autorización urbanística específica para instalaciones que implican un cambio significativo en el uso del suelo.
Un Precedente Importante
Esta sentencia establece un precedente relevante para el desarrollo de proyectos que involucren la instalación de mobile-homes. El fallo refuerza la necesidad de que los promotores cumplan con las normativas urbanísticas vigentes, evitando que la falta de control sobre estas actividades impacte negativamente en el medio ambiente y en los entornos urbanos.
Con este dictamen, el Supremo marca una línea clara entre las licencias de actividad y las licencias urbanísticas, garantizando que el uso del suelo esté regulado en beneficio del interés